Es obligatorio?

Desde la entrada en vigor del nuevo Decreto de ITE (Decreto 67/2015) establece la obligatoriedad de contar con el libro del Edificio para edificios existentes, no sólo para edificios nuevos.

Qué debe contener el libro del edificio?

La documentación que deberá incluir este documento exigido es, tal como se especifica en el artículo 22 del Decreto:

  1. Las instrucciones o recomendaciones de uso y mantenimiento del edificio y sus instalaciones
  2. El archivo de documentos
  3. El registro de incidencias

Cuando es obligatorio tener el libro del edificio?

En el momento de recibir la ITE es obligación de la propiedad formalizar el libro del edificio.  Ponte en contacto por aquí con los técnicos de ITE ARQUITECTOS para cualquier consulta.