Qué es el certificado?

Después de la presentación del informe ITE junto con la solicitud del certificado de aptitud, la administración valida el informe emitiendo un certificado de aptitud.

Es el documento que emite la Generalitat como respuesta positiva al informe técnico del edificio. Conseguir el Certificat d’Aptitud es el objetivo del propietario del edificio, porque significa que el edificio está en más o menos buen estado.

El certificado de aptitud acredita el estado de conservación del edificio y califica la aptitud funcional del mismo dependiendo de la cualificación  que se ha hecho en la ITE y siguiendo esta clasificación :

  1. “apto” cuando en el informe ITE se ha detectado que el edificio no tiene deficiencias.
  2. “apto” cuando en el informe ITE se ha detectado que el edificio únicamente tiene deficicencias leves.
  3. “apto provisional” cuando en el informe ITE se ha detectado que el edificio tiene deficiencias importantes.
  4. “apto cautelarmente” cuando en el informe ITE se ha detectado que el edificio tiene deficiencias graves o muy graves, pero que con la aplicación de las medidas cautelares se han evitado situaciones de riesgo.
  5. “resolución denegatoria de aptitud” en caso que no se haya ejecutado las medidas cautelares y haya deficiencias graves o muy graves. En este caso habrá que volver a presentar otra solicitud y un nuevo ITE que acredite que se han ejecutado las medidas cautelares o las obras de reparación.

El certificado de aptitud otorgado determina que el edificio es apto para ser usado como vivienda, sin embargo ocurre una cosa curiosa en el decreto, en el artículo 12 capítulo 3 se puntualiza que en los casos  de “apto provisional” con deficiencias importantes o “apto cautelarmente” con deficiencias graves etc la propiedad estará cumpliendo con el deber de conservación del edificio (hasta que no realice las obras necesarias)

Quién otorga el certificado de aptitud?

Normalmente la Generalitat. Lógicamente el decreto que regula la ITE es de ámbito autonómico y el organismo competente para la otorgación del certificado es la Generalitat a través de la Agència de l’Habitatge de Catalunya. Pero el decreto abre la posibilidad de que esta competencia sea transferida a las administraciones locales.

Cuándo tendré que renovar el certificado de aptitud?

Esto depende del estado de conservación del edificio certificado en el certificado de aptitud:

  1. 10 años en caso de certificado de aptitud “apto”
  2. 10 años en caso de certificado de aptitud “apto” con deficiencias leves
  3. 6 años en caso de certificado de aptitud “apto provisional” cuando en el informe ITE se ha detectado que el edificio tiene deficiencias importantes.
  4. 3 años en caso de certificado de aptitud “apto cautelarmente” con deficiencias graves o muy graves (las medidas cautelares han sido ejecutadas)