Cálculo de ocupación según el decreto de habitabilidad

Para obtener la cédula de habitabilidad hay que cumplir los decretos correspondientes y sus requisitos; uno de ellos establece el cálculo de la ocupación máxima de la vivienda. Tomemos como ejemplo una vivienda entre medianeras de 110 metros cuadrados (véase la planta en la imagen inferior), con la sala de estar y una sola habitación iluminadas y ventiladas de forma natural a espacio exterior, y 6 habitaciones interiores sin ventanas ni ventilación artificial.

Planta de vivienda para el cálculo de ocupación de la cédula de habitabilidad
Planta de vivienda: cálculo de la ocupación para la cédula de habitabilidad

Ocupación según el Decreto 55/2009 (derogado)

Según este decreto, la ocupación calculada (con la fórmula superficie útil = 8 + 8N) sería de 12 personas. Aunque las habitaciones centrales se clasifiquen como OP (otras piezas), a efectos de ocupación sí computan: la ocupación se calcula únicamente en función de la superficie útil.

Ocupación según el Decreto 141/2012

Según este decreto, la ocupación se calcula en función del número de piezas clasificadas como habitación (H) y de la superficie de cada una. Por tanto, en el ejemplo, en el que solo tenemos una habitación de 14 metros cuadrados, obtendríamos una ocupación máxima de 3 personas.

Conclusiones

En una primera toma de contacto con este nuevo decreto podemos hacer una valoración aproximada de lo que supone el cálculo de la ocupación en la arquitectura y de sus repercusiones sociales en la vivienda.

Parece lógico que, si un decreto limita la clasificación como habitación a las piezas con ventana a espacio exterior —porque se considera esencial para la habitabilidad que el espacio que ocupan las personas tenga luz y ventilación naturales—, es un contrasentido que, a la hora de calcular la ocupación, se tengan en cuenta todos los espacios incluidos en la superficie útil. Es evidente que una ocupación de 12 personas con una sola habitación de 14 metros cuadrados es excesiva. Si la cédula de habitabilidad es un documento que acredita que una vivienda es habitable para un número determinado de personas, con este método de cálculo queda en evidencia que la cédula, bajo los parámetros del Decreto 55/2009, era un documento inútil.

Asimismo, el Decreto 141/2012, al prescindir de la superficie útil total, también prescinde de la superficie de la zona de estar, en detrimento de la flexibilidad, ya que solo tiene en cuenta la superficie de las habitaciones para calcular la ocupación. Así, si tuviéramos un espacio de estar de 100 metros cuadrados (un popular «loft») sin compartimentar o con piezas de menos de 5 m², solo podríamos computar una ocupación de 2 personas (según el decreto: 2 personas en viviendas sin habitaciones o únicamente con espacio de uso común). Para bien o para mal, se dejan fuera de la legalidad las formas de vida no tradicionales: el uso de este tipo de viviendas queda limitado a una pareja hasta el momento en que tenga descendencia o decida formar un trío.

Cuando menos, resulta extraño que de un decreto a otro (de una legislatura a otra) la ocupación máxima de una misma vivienda haya pasado de 12 a 3 personas.

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