Las chimeneas son salidas de humos o aires viciados, ya sea de baños, cocinas, etc. o de calderas. Dependiendo de el tipo de gases que salgan por estas salidas serán más perjudiciales o menos para el entorno y tendremos que cumplir una normativa u otra. Estas chimeneas tienen que estar bien diseñadas para no generar malos olores y que los habitantes de las viviendas o transeuntes inhalen gases que puedan ser perjudiciales.

Sobretodo cuando realizamos una obra nueva de un edifcio de vivienda o en proyectos de cambio de uso tendremos que considerar todo lo que mencionamos a continuación. Debemos decir que llevamos muchos años realizando inspecciones en edificios y en la mayoría de los casos no cumplen estos requisitos, esto se debe a que actualmente las normativas son más exigentes, no necesariamente son infracciones de la normativa ya que en el momento en que se construyeron esos edificios no existía la normativa reguladora.

Figura 2. Extracto de CTE HS2

En la imagen anterior se observan defectos de funcionamiento derivados de un mal diseño de las chimeneas. En el primer caso porque está demasiado cerca de una fachada próxima y se produce un reflujo de los humos. En el segundo caso la proximidad a la cumbrera genera turbulencias que introducen en la parte final de la chimenea.

CTE El Código Técnico de la edificación

Chimeneas de ventilación de bajantes (DB HS 2)

En el HS2 se definen las condiciones de las ventilaciones de los bajantes del edificio. Se valoran considerando la chimenea y los obstáculos (ya sean fachadas, o cumbreras de cubiertas inclinadas) a continuación ponemos el esquema gráfico y la explicación.

Figura 2. Extracto de CTE HS2

Cuando la distancia con el obstáculo es inferior a 2 metros:

  • La altura de la chimenea debe ser la altura del obstáculo multiplicado por 1,3.

Cuando la distancia al obstáculo está a más de 2 metros y menos de 10 metros:

  • La altura de la chimenea debe ser más grande que la altura del obstáculo.

Cuando la distancia a la cumbrera está a menos de 2 metros:

  • La altura de la chimenea debe ser como mínimo 1,3 veces la altura que separa el arranque de la chimenea hasta la cumbrera.

Chimeneas de ventilación de salubridad (DB HS3)

Esta ventilación de salubridad se refiere al sistema, como explicamos en este artículo, es la ventilación que permite que disfrutemos los habitantes de los edificios de un aire saludable para respirar.

Las chimeneas que evacuan este tipo de aire deben superar la altura de cualquier obstáculo entre 2 y 10 metros y 1,3 veces la altura de cualquier obstáculo a una distancia menor o igual de 2 metros. Es decir, en este aspecto dice lo mismo que el HS2 (ventilación de bajantes) En cubiertas transitables en cambio dice algo diferente, esta debe ser de 2 metros como mínimo.

También se dice que las aberturas de extracción en chimeneas deben situarse a 3 metros como mínimo de cualquier elemento de entrada de aire para la ventilación.

RITE Reglamento de Instalaciones Térmicas

En el punto de la insturcción técnica complementaria ITE 02 donde se definen todas las consideraciones de diseño dice :

ITE 02.14 Chimeneas y conductos de humos. (…) Se considera adecuado el diseño de las chimeneas y conductos de humos para la evacuación al exterior de los productos de la combustión de los generadores de calor realizado según la norma UNE 123001.

Observemos que el RITE nos remite a las normas UNE.

Normas UNE

Chimeneas de evacuación de humos

Para chimeneas de otro tipo de gases que pueden ser más nocivos para la salud. Como pueden ser los hunos de calderas o cocinas deberíamos remitirnos a las normas UNE, concretamente a las normas UNE

Como se puede apreciar en los gráficos inferiores extractos de estas normativas, las exigencias son parecidas a las comentadas anteriormente, pero separa las consideraciones en 3 partes:

Distancia chimeneas en obstáculos de la propia cubierta

  • En chimeneas separadas a más de 2 veces la altura del obstáculo podemos construir la chimenea a la misma altura que el obstáculo
  • En chimeneas en que la altura es menor que la del punto anterior, la chimenea que construyamos de be superar en 1 metro el obstáculo.

En este caso es más restrictivo que lo comentado dentro del CTE en los casos comentados anteriormente. Por ejemplo si tenemos un «badalot» o cualquier volúmen de cubierta de 2,5 metros de alto; si una chimenea de ventilación de bajantes o ventilación de salubridad que estaba a más de 2 metros podia estar a la altura del obstáculo, en este caso de ejemplo que la altura del obstáculo es 2,5 m todas las chimeneas separadas hasta 6 metros deben sobrepasar el obstáculo en un metro.

Lógicamente las normas UNE son más restrictivas que el CTE ya que las chimeneas a las que se refieren emiten humos más nocivos que los humos que regula el CTE.

KAITEK ARQUITECTURA
Figura 3. Extracto de norma UNE 123001 distancias a obstáculos de la propia cubierta

Chimeneas respecto a fachadas colindantes

Distancias a fachadas colindantes:

  • Si las distancias de la chimeneas separadas entre 10 m y 20 metros deben llegar a superar como mínimo al borde superior del hueco más alto.
  • Si la distancia a la fachadas
Figura 3. Extracto de norma UNE 123001 distancias a obstáculos ajenos a la cubierta

Distancias en función de la inclinación de la cubierta

En planta, estas chimeneas deben separarse como mínimo siempre 1 metro por arriba o lateralmente de las aberturas. En cambio si están por debajo las deberemos separar 2 metros y elevarlas como mínimo más de un metro respecto la arista superior de la abertura.

Dependiendo de la pendiente de la cubierta hay otra exigencia:

  • Si la cubierta tiene una pendiente inferior a 20º entonces se debe levantar 1 metro respecto a la cumbrera
  • Si la cubierta tiene una pendiente superior a 20º y la chimenea está separada más de 2,5 metros de la cumbrera
Figura 4. Extracto de norma UNE 123001, distancias en función de la inclinación de la cubierta

Figura 5. Extracto de norma UNE 123001, distancias en función de la inclinación de la cubierta

Figura 6. Extracto de norma UNE 123001, distancias en función de la existencia de aberturas

Normativas y ordenanzas municipales

Existen normativas municipales más exigentes, por ejemplo la Ordenança del Medi Ambient de Barcelona. Por ejemplo, en caso de una reforma de local e implantación de nueva actividad de restauración, tendremos que considerar en los proyectos de obras y actividad que en caso de que los humos de la chimenea sean de leña en un restaurante brasería nos exigirá que la distancia de esas chimeneas sean siempre de 20 metros a todos los obstáculos colindantes.

Se clasifican los tipos de chimenea en función de su combustible y potencias:

  1. Categoría 0. Chimeneas de combustibles gaseosos, con una potencia máxima de 500.000 Kcalh/h y otras chimeneas con otros combustibles pero que su contenido de azufre es inferior al 0,2% con una potencia máxima de 100.000 Kcal/h
  2. Categoría 1a. Chimeneas de instalaciones con combustibles en los quales el azufre representa menos del 0,2 % con una potencia de hasta 500.000 Kcal/h y chimeneas de azufre por debajo del 1 % con una potencia máxima de 20.000 Kcal/h
  3. Categoría 2a. Chimeneas de instalaciones que utilizan combustibles con azufre de hasta 2,5 % con una potencia de hasta 20.000 Kcal/h
  4. Para otros casos tendremos que recurrir al Annexo I.2 de la ordenanza

Para estas clasificaciones se establecen unos parámetros de diseño:

  1. Categoría 0. Una altura de 1 metros por encima de toda edificación situada dentro de un radio de 10 metros.
  2. Categoría 1a. Una altura a 2 metros por encima de toda edificación situada dentro de un radio de 20 metros.
  3. Categoría 2a. Una altura a 3 metros por encima de toda edificación situada dentro de un radio de 40 metros.

Otro aspecto a tener en cuenta es esta consideración: las chimeneas o conductos la altura de los cuales sea superior a 10 metros respecto a las alturas de los edificios colindantes o cercanos en un radio de 50 metros, deberán disponer de una instalación de pararayos.

Otra consideración a tener en cuenta cuando proyectamos obra nueva o cambio de uso o reformas de edificios en Barcelona es la evacuación de los aires de condicionamiento climático (los aires acondicionados). Si quieres saber donde colocar tu aire acondicionado y qué normativas consultar en este artículo lo explicamos.