Obligatoriedad y contenido del Libro del Edificio
La normativa que regula el contenido y la forma del libro es el DECRET 67/2015 Es ésta la misma normativa que regula las ITE’s, las inspecciones de los edificios.
El quinto capítulo regula el libro del edificio y se estructura en dos secciones. La primera regula el libro del edificio de las viviendas de nueva construcción que también se aplica a los edificios de viviendas que son el resultado de una gran rehabilitación. La segunda regula el libro del edificio de las viviendas existentes, que se inicia con el documento de la inspección técnica del edificio (ITE) que regula este Decreto.
La obligatoriedad de formalizar el libro del edificio en edificios de viviendas existentes es a partir de la fecha de recepción del informe de la ITE. El deber de hacerlo recae en el propietario o comunidad de propietarios. El libro del edificio está constituido como mínimo por los siguientes apartados y/o documentación:
- Instrucciones o recomendaciones de uso y mantenimiento del edificio y sus instalaciones
- El archivo de documentación
- El registro de incidencias
Instrucciones de uso y mantenimiento del edificio
En este documento se hace una recopilación exahustiva de los sistemas del edificio y se propone una metodología de mantenimiento. El objetivo es alargar la vida útil del inmueble y minimizar las operaciones de reparaciones costosas por falta de mantenimiento. También se indica qué tipo de profesional debería realizar estas operaciones.
Las instrucciones de uso y mantenimiento como mínimo deben especificar:
- ¿Cuál es el uso de los elementos del edificio y cómo deben utilizarse adecuadamente
- Una recopilación exhaustiva de las operaciones a realizar con indicación de la periodicidad
- Si existen incidencias o modificaciones en el edificio, se incorporarán documentos que alteren el mantenimiento propuesto inicialmente
Archivo de documentos del Libro
- La Inspección Técnica de la Edificación ITE
- Documento justificante de la entrega en la Administración de la ITE
- En caso de que proceda, el comunicado de situaciones de riesgo
- Programa de Rehabilitación
- En caso de que proceda, los certificados finales de obras de todas las obras y proyectos que se ejecuten en el edificio
- En caso de disponer de ellos: Certificado de Aptitud
- Certificado de Eficiencia Energética en caso de disponer de ellos. Para acceder a las ayudas next generation será obligatorio tenerlo.
- Las instrucciones o recomendaciones de uso y mantenimiento del edificio y sus instalaciones
- Documentación acreditativa de haber realizado las operaciones de mantenimiento o reparación obligatorias
- Presupuestos y contratos de obras
- Presupuestos y contratos de técnicos
- Certificados de estar inscritos en el Registro de instalaciones técnicas de seguridad industrial de Cataluña de las instalaciones que lo requieran. Electricidad, gas, combustibles, ascensores, etc.
- Certificados de Inspecciones Técnicas de las instalaciones citadas en el punto anterior.
- Otra documentación que sea relevante para el conocimiento del estado del edificio.
El registro de incidencias del libro del edificio
El registro de incidencias es como la caja negra del edificio, todos los eventos que afectan al edificio y pueden alterar la propiedad, el uso que se da, su forma o distribución y su funcionamiento. Se consignarán los detalles técnicos y administrativos.
- Las ayudas a las que ha accedido el edificio a lo largo de su vida. Se debe especificar la fecha de solicitud, de concesión y el ente que otorga estas ayudas. También las características de las actuaciones subvencionadas
- Las seguridades de que el edificio tiene contratados (para el edificio completo o para sus partes comunitarias), su identificación y el objeto.
- El acta de entrega del libro del edificio de los promotores a los adquirentes o al presidente de la comunidad de propietarios
- Cambios de los órganos constituyentes de la comunidad de propietarios o propiedad del edificio si es un único propietario
- Las actuaciones de reforma o rehabilitación que se han llevado a cabo
- Se deben apuntar todas las incidencias que modifiquen los datos del libro y asimismo lo que se crea conveniente con el objetivo de ampliar la información inicial.
- Es importante que cada una de las incidencias apuntadas tenga una numeración, fecha y breve resumen claro y comprensible del asunto tratado.
Subvenciones en el libro del edificio
Actualmente y según el artículo 53 del RDL 853/2021 se definen unas cantidades máximas de subvención: En caso de viviendas unifamiliares y edificios plurifamiliares de hasta 20 viviendas: 700 euros, más una cuantía de 60 euros por vivienda. En caso de edificios plurifamiliares de más de 20 viviendas: 1.100 euros, más una cuantía de 40 euros por vivienda, con un tope máximo de subvención de 3.500 euros.
También se especifica que si no se dispone de la ITE en la fecha de entrada en vigor de la convocatoria se puede optar a un incremento en la subvención del 50%. Siempre y cuando se elabore y se registre el nuevo ITE.